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FECHA LÍMITE DE ENTREGA DE REGISTROS CONTABLES 3O DE ABRIL DE 2022

El propósito de este boletín es recordarles acerca de la entrega de los registros contables y la documentación de respaldo de su sociedad o Fundación.


¿QUIÉNES DEBEN MANTENER Y ENTREGAR COPIA DE REGISTROS CONTABLES Y DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO?


Todas las sociedades y fundaciones que NO realicen operaciones dentro de Panamá.


Todas las sociedades y fundaciones que se dediquen exclusivamente a ser tenedoras de activos, tales como inmuebles, cuentas bancarias desde donde realiza inversiones como la compra de acciones, bonos y ETF, dentro o fuera del territorio panameño.


A su vez, si la persona jurídica realiza actos de comercio u operaciones comerciales fuera de la República de Panamá, deberá proporcionar además un Diario y un Mayor.



¿QUÉ ES UN REGISTRO CONTABLE Y QUÉ ES DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO?


Los registros contables deben contener claramente la información sobre las operaciones de la persona jurídica, el valor de sus activos, los ingresos percibidos, su pasivo y patrimonio y la determinación de la situación financiera en forma de balance general. Ejemplo:


(NOMBRE DE LA S.A. O FUNDACIÓN)

Estado de Situación Financiera al

31 de diciembre de 2021

En dólares estadounidenses


ACTIVOS

Activos corrientes

Efectivo

Total efectivo

Cuentas por cobrar

Cuentas por Cobrar Clientes

Total cuentas por cobrar

Total activos corrientes

Total activos

PASIVOS Y PATRIMONIO

PASIVOS

Pasivos corrientes

Cuentas por Pagar Comerciales

Accionista por pagar

Total pasivos corrientes

Pasivos no corrientes

Total pasivos no corrientes 0.00

Total Pasivos

PATRIMONIO

Acciones suscritas

Suscripción por pagar

Resultados acumulados

Ganancia del año

Total Patrimonio

Total Pasivos y Patrimonio



La documentación de respaldo incluye los contratos, facturas, recibos y cualquier otra documentación necesaria, para sustentar las transacciones realizadas. Dicha documentación debe estar disponible a requerimiento de la autoridad competente en Panamá.


¿CUÁNDO DEBO ENTREGAR LOS REGISTROS CONTABLES A LIMA Y ASOCIADOS?


̶A̶l̶ ̶3̶0̶ ̶d̶e̶ ̶a̶b̶r̶i̶l̶ ̶d̶e̶l̶ ̶2̶0̶2̶2̶.̶ Actualizacion 6 de abril de 2022: Al 31 de octubre de 2022


¿QUIÉN DEBE ELABORAR LOS REGISTROS CONTABLES?


Cualquier persona dentro o fuera de Panamá siempre y cuando LIMA Y ASOCIADOS tenga conocimiento de quién es esta persona y dónde están los originales de los registros y documentación de respaldo. LIMA Y ASOCIADOS custodiará las copias.


¿QUÉ PASA SI NO ENTREGO LAS COPIAS DE LOS REGISTROS?


En caso de que la persona jurídica no provea adecuadamente la información tratada en esta circular, el gobierno panameño aplicará multas que oscilarán entre USD5,000.00 a USD1,000,000.00 y suspenderá los derechos corporativos de la persona jurídica. En todo caso, el Agente Residente que no reciba la documentación e información pertinente, deberá renunciar y estará sujeto a la aplicación de multas.


Estamos a su disposición para absolver cualquier pregunta que tenga respecto al contenido de este boletín y para ello, puede contactarnos como sigue: registros@limayasociados.com. Si no tiene una persona que le lleve los registros contables, podemos ayudarle.



Panamá, 31 de marzo de 2022.


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